A fin de garantizar el respeto del derecho a la libre circulación en la UE y la no discriminación de las personas que no hayan sido vacunadas, el certificado COVID digital de la UE comprenderá certificados de vacunación contra la COVID-19, certificados de diagnóstico y certificados para quienes se hayan recuperado de la enfermedad. De ese modo, un máximo de personas debería poder disponer de un certificado COVID digital de la UE al viajar.
Las personas que no hayan sido vacunadas deben poder seguir ejerciendo su derecho a la libre circulación igual que las personas vacunadas, aunque quedarán sometidas en caso necesario a restricciones tales como la realización de pruebas diagnósticas o cuarentena y autoaislamiento.