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¿Pueden los certificados COVID digitales de la UE facilitar los viajes a la UE desde países terceros?

El 20 de mayo, el Consejo adoptó una Recomendación revisada por la que se actualiza el enfoque para viajar desde fuera de la UE. La Recomendación del Consejo tiene por objeto suavizar las actuales restricciones de los viajes no esenciales a la UE teniendo en cuenta los avances de las campañas de vacunación y la evolución de la situación epidemiológica en todo el mundo.

Cuando la Comisión esté convencida de que un país tercero expide certificados de conformidad con normas y sistemas interoperables con el sistema de la UE, podrá adoptar una decisión en virtud de la cual dichos certificados de terceros países serían aceptados con arreglo a las mismas condiciones que los certificados COVID digitales de la UE.

En ambos casos, las normas para la aceptación de la prueba de vacunación serían las mismas que para los nacionales de la UE: deben aceptarse las vacunas que hayan recibido una autorización de comercialización a escala de la UE, pero los Estados miembros pueden decidir aceptar otras vacunas adicionales aprobadas por la OMS.

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