¿Qué es el certificado COVID digital de la UE?
DISPONIBLE EN ANDALUCÍA DESDE EL 7 DE JUNIO
El certificado COVID digital de la UE es un documento digital que acredita la pauta de vacunación COVID-19 de una persona, así como el resultado negativo de las pruebas, o la recuperación de la infección por COVID-19.
Las autoridades nacionales son las encargadas de expedir el certificado, a través de los centros de pruebas o de las autoridades sanitarias, o directamente a través de un portal de sanidad electrónica.
La versión digital puede almacenarse en un dispositivo móvil, o solicitar una versión en papel. Ambas versiones tendrán un código QR que contiene la información esencial, así como una firma digital para garantizar la autenticidad del certificado.
Los Estados miembros han acordado un diseño común que puede utilizarse para las versiones electrónica y en papel para facilitar el reconocimiento.

Principales características de los certificados
- Formato digital y/o papel
- Con código QR
- Gratuito
- En el idioma nacional y en inglés
- Seguro y protegido
- Válido en todos los países de la UE
Tipos de certificados COVID digital de la UE
Vacunación
Acredita
La pauta de vacunación COVID-19 que ha recibido la persona.
Periodo de validez
365 días desde la emisión.
Requisitos para su obtención
Personas que hayan recibido al menos una dosis.
Pruebas
Acredita
Resultados negativos de pruebas PCR o antígenos para COVID-19.
Período de validez
Pruebas basadas en PCR: 72 horas desde la fecha de recogida de la muestra.
Pruebas basadas en test de antígenos: 48 horas desde la fecha de la recogida de la prueba.
Requisitos para su obtención
Tener un resultado negativo con pruebas realizadas con los kits comerciales aprobados por la UE en los plazos indicados.
Recuperación
Acredita
Que una persona ha pasado la COVID-19 y está recuperada.
Período de validez
180 días después de la fecha del primer resultado positivo del test.
Requisitos para su obtención
Personas que hayan pasado la infección (solo se admitirá diagnóstico por PCR).

¿Cómo obtenerlo?
Consulte las diferentes formas de obtener el certificado COVID digital de la Unión Europea
Más información
El proceso de validación, actualmente, se realiza dentro de los aeropuertos y puertos, y, por tanto, es competencia del Gobierno (Ministerio).
El certificado COVID digital de la UE, que se simplifica con las siglas CCD UE, antes llamado certificado verde digital, consta de 3 tipos de certificados:
- Certificado de Vacunación: servirá como prueba de que una persona ha sido vacunada contra la COVID-19
- Certificado de Prueba Diagnóstica: servirá como prueba de que ha recibido un resultado negativo de una prueba diagnóstica.
- Certificado de Recuperación: servirá como prueba de que se ha recuperado de la infección.
Certificado COVID digital de la Unión Europea (CCD UE).
El certificado facilitará la libre circulación en condiciones de seguridad durante la pandemia de COVID-19 dentro de la UE. Podrá utilizarse en todos los Estados miembros de la UE, y en Islandia, Liechtenstein y Noruega. También se está negociando su uso con Suiza. Se está trabajando para que los certificados sean compatibles con los sistemas de otros países de fuera de la Unión Europea.
El Certificado de Vacunación no será obligatorio para viajar. No es un pasaporte ni un documento de viaje que condicione o restrinja el derecho a la libre circulación en la Unión Europea, sino que realmente ayudará a facilitar la circulación de las personas. Haber sido vacunado no constituirá un requisito previo para viajar. Todos los ciudadanos de la UE gozan del derecho fundamental a la libre circulación en la UE, y este se aplica independientemente de que estén vacunados o no.
Los tres certificados permitirán acreditar de forma sencilla que una persona:
- Ha sido vacunada contra el COVID-19, o
- Se ha realizado una prueba cuyo resultado ha sido negativo, o
- Se ha recuperado del COVID-19
Este documento facilitará la movilidad entre los Estados miembros de la Unión Europea a quienes acrediten una de las tres condiciones citadas (estar vacunado, tener una prueba negativa, o haberse recuperado del COVID-19). Será un instrumento que facilitará la movilidad entre Estados miembros y garantizará la protección de la salud.
En castellano y en inglés.
El reglamento establece que no se puede restringir la libre circulación a ningún ciudadano que no posea el CCD UE. El ciudadano que venga con el CCD UE se evitará controles, mientras que el que no lo tengan, tendrá que someterse a otro tipo de controles que establezcan las autoridades de cada país y presentar la información pertinente.
A la hora de viajar a otro país de la Unión Europea, en el destino se escaneará el código QR del viajero para comprobar que, o bien está vacunado, o tiene una prueba con resultado negativo, o se ha recuperado de la enfermedad. La verificación del código QR en destino será fácil y rápida. De cumplirse alguna de las tres condiciones, la persona que porta el certificado podrá continuar con su viaje. En caso de no tener el certificado, se podrá viajar, pero el proceso de admisión será más lento y los países de destino podrán aplicar medidas y controles adicionales.
Hay varias formas:
- A través de la web de ClicSalud+: se podrá descargar en formato pdf.
- A través de App Salud Andalucía: se podrá descargar en formato pdf.
- En el Centro de Salud, solicitándolo de forma presencial. Se podrá obtener en formato papel. Además, todas las personas de 65 años o más residentes en Andalucía, recibirán próximamente una impresión en papel del Certificado de Vacunación por correo ordinario en su domicilio.
La versión digital en pdf podrá almacenarse en dispositivos electrónicos, como el teléfono móvil.
Es necesario acceder en la web de ClicSalud+, identificándose con firma digital, DNIe o Cl@ve. Además, Clicsalud+ facilita el acceso al Certificado COVID Digital de la UE con un nuevo método de identificación Datos personales y verificación móvil basado en el uso de datos personales. Este sistema, para mayor seguridad, requiere introducir en la página un código de acceso que se envía al teléfono móvil del ciudadano (vía SMS) para completar el proceso de autenticación.
Pasos a seguir para acceder a la información:
1.Una vez acceda a la página, pulse sobre Certificados COVID-19 y seleccione la alternativa de identificación denominada “Datos personales y verificación móvil”

2. Se requiere introducir la siguiente información:
- Tarjeta sanitaria o Número de historia de salud de Andalucía (NUHSA).
- Documento identificativo
- Fecha de nacimiento
- Teléfono móvil para verificación

Las personas mutualistas y privadas deben utilizar el acceso específico para personas sin tarjeta sanitaria de Andalucía, que no requiere ese dato para su identificación. Para acceder deben usar la opción para personas sin tarjeta sanitaria de Andalucía.

Es necesario que el móvil que indica conste como teléfono de contacto en la base de Datos del Servicio Andaluz de Salud. A ese teléfono se le enviará un código para completar el proceso de verificación de identidad. En caso necesario, puede obtener más información sobre cómo actualizar sus datos de contacto (incluyendo teléfono móvil) en el apartado Gestiones administrativas/ Cambio de datos personales.
3. Una vez en este apartado, las personas correctamente identificadas podrán acceder al certificado que les corresponda, así como a la de sus beneficiarios de Seguridad Social menores de 16 años.

Para las personas mutualistas y privadas que deseen usar esta opción pueden saber su Número Único de Historia de Salud de Andalucía (NUHSA) consultando el apartado cómo conocer el NUHSA. También pueden acceder al enlace específico para personas sin tarjeta sanitaria que no es necesario la introducción de NUHSA (requiere los datos de fecha de nacimiento, número de documento identificativo y número de teléfono móvil).
Fecha de elaboración de la respuesta: 17 diciembre 2021
La App ‘Salud Andalucía’ es la aplicación móvil de referencia institucional para todas las personas usuarias del Servicio Andaluz de Salud y está disponible de forma gratuita desde los mercados de aplicaciones.
En la pantalla de inicio de la aplicación aparecerá destacado un anuncio que dice ‘Certificados COVID-19′, que facilitará su obtención.

Además de poder identificarse mediante certificado digital o Cl@ve para obtener el certificado, la App ‘Salud Andalucía’ facilita el acceso al Certificado COVID Digital de la UE con un nuevo método de identificación Datos personales y verificación móvil basado en el uso de datos personales.
Las personas mutualistas y privadas que deseen utilizar la App Salud Andalucía para obtener su certificado pueden necesitar conocer su Número de Historia de Salud de Andalucía (NUHSA), ya se utiliza para identificarse. Se describe cómo obtenerlo en el apartado Cómo conocer el NUHSA para mutualistas y privados.

Este sistema, para mayor seguridad, requiere introducir en la aplicación un código PIN que se envía al teléfono móvil del ciudadano (vía SMS o notificación a Salud Andalucía) para completar el proceso de autenticación. El teléfono móvil indicado debe estar registrado en la Base de Datos de personas usuarias para garantizar la seguridad.

Una vez que el ciudadano se ha autenticado en Salud Andalucía por alguno de los mecanismos disponibles, si cumple las condiciones de emisión de un Certificado COVID Digital de la UE podrá descargar un documento PDF acreditativo y obtener el código QR que permite la comprobación de la autenticidad de su certificado de vacunación por parte de terceros autorizados.

Fecha de elaboración de la respuesta: 17 diciembre 2021
Otra opción para la obtención del certificado COVID digital de la UE es acudiendo al centro de salud o mediante presentación electrónica de la solicitud.
Para realizar la solicitud en nombre de otra persona y ejercer la representación de la misma, es necesario cumplimentar el «Formulario de otorgamiento de la representación (217.3 KB)» y adjuntar la documentación que, según cada caso, se requiera.
Los profesionales de atención a la ciudadanía pueden facilitar el certificado sin necesidad de realizar una consulta médica o de enfermería.
Muchos de los centros disponen de cita previa para este tipo de gestiones, cita que se puede obtener a través de ClicSalud+, la App y el teléfono de Salud Responde mediante la opción «Gestiones Administrativas»
Por otra parte, las solicitudes pueden presentarse en cualquier registro oficial o mediante el uso de la Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (645.16 KB)
Sí. El certificado COVID digital de la UE facilitará la libre circulación dentro de la UE. No será una condición previa para la libre circulación, que es un derecho fundamental en la UE.
El certificado COVID digital de la UE también sirve para justificar los resultados de las pruebas, exigidas a menudo en el marco de las restricciones de salud pública aplicables. El certificado es una oportunidad para que los Estados miembros adapten las restricciones existentes por motivos de salud pública. La recomendación actualmente vigente sobre la coordinación de las restricciones a la libre circulación en la UE también se modificará a mediados de junio con vistas a la temporada de vacaciones.
A fin de garantizar el respeto del derecho a la libre circulación en la UE y la no discriminación de las personas que no hayan sido vacunadas, el certificado COVID digital de la UE comprenderá certificados de vacunación contra la COVID-19, certificados de diagnóstico y certificados para quienes se hayan recuperado de la enfermedad. De ese modo, un máximo de personas debería poder disponer de un certificado COVID digital de la UE al viajar.
Las personas que no hayan sido vacunadas deben poder seguir ejerciendo su derecho a la libre circulación igual que las personas vacunadas, aunque quedarán sometidas en caso necesario a restricciones tales como la realización de pruebas diagnósticas o cuarentena y autoaislamiento.
El certificado COVID digital de la UE estará disponible en formato digital o en formato impreso, según prefiera cada persona.
Incluyen un código QR con la información mínima esencial y un sello digital que garantizará su autenticidad e integridad.
El código QR sirve para comprobar de forma segura la autenticidad, integridad y validez del certificado. La información que incluya este debe ir redactada en la lengua o las lenguas del Estado miembro de expedición, en nuestro caso en castellano, y en inglés.
Se ha elaborado una plantilla de diseño común en colaboración con los Estados miembros para facilitar el reconocimiento de los certificados COVID digitales de la UE expedidos en formato impreso.
En estos casos, que es extensivo a todos los menores de 16 años, incluyendo a mutualistas, sus titulares de Seguridad Social pueden obtener el certificado tras identificarse en ClicSalud+ o en la App Salud Andalucía.
Una vez identificado el titular, se muestra un listado de sus beneficiarios menores de 16 años que le da acceso a sus certificados.
En algunas situaciones puede ser difícil obtener el certificado COVID-19 de menores a través de ClicSalud+ o de la App Salud Andalucía. Por ejemplo, cuando :
- el menor no tiene registrado quién es su titular de Seguridad Social o no aparece en el listado de beneficiarios que espera el titular.
- el titular no puede acceder a ClicSalud+ (por ejemplo, por no estar registrado en la Base de datos de personas usuarias).
- el menor es su propio titular de Seguridad Social.
En estos casos es recomendable solicitar el certificado impreso en el centro de salud, o bien -si se desea tener el certificado en formato electrónico- se puede obtener con Cl@ve permanente para el menor y de ese modo podrá identificarse con sus propios datos. Más información sobre cómo obtener Cl@ve para un menor.
Se recuerda que el certificado de vacunación no es válido hasta transcurridos 14 días desde la finalización del proceso completo de vacunación, considerando la pauta que corresponde a cada menor en función de sus características y de si ha pasado o no la enfermedad (por ejemplo, en niños que no son del Grupo 7, que han pasado la infección y han recibido una dosis, ya tendrán su pauta completada y así se reflejará en su certificado).
Fecha de elaboración de la respuesta: 17 diciembre 2021
Los certificados solo deben incluir el conjunto mínimo de datos necesarios para confirmar y comprobar la condición de persona vacunada:
- Nombre y apellidos
- Fecha de nacimiento
- Fecha de la última dosis de vacunación
- Número de dosis administradas y número de dosis que precisa la persona para la pauta completa
- Nombre comercial y nombre del fabricante de la vacuna administrada
- Identificador único de este último
Otros datos serán:
- Emisor del certificado: en el caso de Andalucía, el Servicio Andaluz de Salud
- País
Los datos permanecen en el certificado y los países visitados no podrán conservar. Dado que los datos personales consignados en los certificados incluyen información médica sensible, se garantizará un nivel de protección de datos muy elevado.
Los certificados solo incluirán la información que sea necesaria, que no podrá ser conservada por los países visitados.
A efectos de verificación, solo se comprueban la validez y la autenticidad del certificado, verificando quién lo ha expedido y firmado. Todos los datos sanitarios permanecen en el Estado miembro que expidió el certificado COVID digital de la UE.
No, la dosis de vacunación aparecerá en el certificado a partir del día siguiente de su administración, ya sea días laborales como festivos.
Las personas vacunadas antes de la creación del certificado COVID digital de la UE tienen derecho a recibir un certificado de vacunación en el nuevo formato.
Se expedirán certificados a cualquier persona que haya recibido ya una dosis de vacunación contra la COVID-19 en un Estado miembro de la UE, independientemente del número de dosis que precise para completar la pauta completa.
El número de dosis figurará claramente en el certificado COVID digital de la UE para indicar si se ha completado la vacunación. Es decir, si tenía que recibir una sola dosis, aparecerá la expresión 1/1, y si no ha completado la pauta, aparecerá la expresión 1/2.
Además, el Reglamento exige a los Estados miembros que acepten certificados de vacunación en las mismas condiciones, lo que significa que, por ejemplo, cuando un Estado miembro decida levantar las restricciones de viaje para sus propios ciudadanos que sean titulares de un certificado por la primera dosis de una vacuna de dos dosis que haya recibido una autorización de comercialización a escala de la UE, debe extender el mismo tratamiento a otros ciudadanos de la UE.
En principio, tendrá un periodo de 365 días de validez desde la última dosis de vacunación, pero esto puede estar sujetos a modificación por cambios en la evidencia científica o de la situación epidemiológica.
Si, es diferente:
- Certificado de vacunación: 365 días, desde la última dosis de vacunación.
- Certificado de recuperación: desde 11 hasta 180 días después de una PCR o test de antígenos positivo.
- Certificado de pruebas diagnósticas: 48 horas para pruebas realizadas con test de antígenos y 72 horas en el caso de pruebas PCR.
Fecha de elaboración de la respuesta: 1 abril 2022
El certificado COVID digital de la UE es gratuito y puede obtenerse tanto en formato electrónico, pudiéndose almacenar en un dispositivo móvil, como en papel. En ambos casos, cada certificado genera un código QR que facilita su lectura. Contendrá información esencial, así como una firma digital para asegurarse de que el certificado es auténtico.
Podrá realizarse la consulta en RegVacu o en SERLAB para poder emitir el certificado.
No, se considera una persona recuperada a partir del día 11 después de la primera PCR positiva y hasta los siguientes 180 días.
No, se considera una persona recuperada a partir del día 11 después de la primera PCR positiva y hasta los siguientes 180 días.
No. El proceso de sellado de los certificados COVID digitales de la UE es competencia de las Comunidades Autónomas y no se puede delegar a los laboratorios.
Las pruebas de autodiagnóstico, como los test de antígenos adquiridos en farmacias, no servirán, ya que no se realizan en condiciones controladas y, por el momento, se consideran menos fidedignas.
Los certificados deben ser expedidos por las autoridades sanitarias, pero estas no pueden controlar las pruebas realizadas, por ejemplo, en el propio domicilio ni, por lo tanto, tampoco expedir certificados fidedignos al respecto.
Las personas adscritas al mutualismo (MUFACE, MUGEJU, ISFAS) tendrán las mismas opciones digitales y físicas descritas para obtener el certificado por parte de las personas adscritas al seguro público.
A día de hoy, en Andalucía es posible obtener el certificado de vacunación utilizando la web ClicSalud+ o bien la App ‘Salud Andalucía’. También es posible recoger el certificado en el centro de salud. A continuación se describe cómo obtener el certificado de las tres formas.
Por otra parte, las solicitudes pueden presentarse en cualquier registro oficial o mediante el uso de la Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía de acuerdo a la Ley 11/2007, de 22 de junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
A través de ClicSalud+
Es necesario identificarse en ClicSalud+ con certificado digital, DNIe o Cl@ve. El certificado de vacunación COVID-19 está disponible en la sección “Salud”, apartado “Vacunas”, en donde se pueden consultar todas las vacunas administradas en el Sistema Sanitario Público de Andalucía. En la parte superior derecha de la página se encuentra un botón para obtener el certificado, una vez que se han administrado todas las dosis necesarias.

Este botón permite descargar un documento PDF. Su autenticidad está garantizada porque está firmado electrónicamente por el Servicio Andaluz de Salud. Además, incluye un código QR que facilita su validación por parte de terceros usando la aplicación móvil “Salud Andalucía”.
A través de la aplicación móvil «Salud Andalucía»
La App ‘Salud Andalucía’ es la aplicación móvil de referencia institucional para todas las personas usuarias del Servicio Andaluz de Salud y está disponible de forma gratuita desde los mercados de aplicaciones. En la pantalla de inicio de la aplicación aparecerá destacado un anuncio que dice ‘Obtenga su certificado de vacunación COVID-19’.

Además de poder identificarse mediante certificado digital o Cl@ve para obtener el certificado, la App ‘Salud Andalucía’ facilita el acceso al certificado de vacunación con un nuevo método de identificación digital basado en el uso de datos personales. Este sistema, para mayor seguridad, requiere introducir en la aplicación un código PIN que se envía al teléfono móvil del ciudadano (vía SMS o notificación a Salud Andalucía) para completar el proceso de autenticación.
Una vez que el ciudadano se ha autenticado en Salud Andalucía por alguno de los mecanismos disponibles, si tiene completada la pauta de vacunación puede descargar un documento acreditativo y obtener un código QR que, además de contener información como la fecha en la que su vacunación fue completada, servirá para la comprobación de la autenticidad de su certificado de vacunación por parte de terceros. La validación del código QR puede realizarse a través de una funcionalidad también incorporada en Salud Andalucía.
En su centro de salud
Las personas que hayan completado su vacunación pueden obtener su certificado en el centro de salud.
Los profesionales de atención a la ciudadanía pueden facilitar el certificado sin necesidad de realizar una consulta médica o de enfermería.
Muchos de los centros disponen de cita previa para este tipo de gestiones, cita que se puede obtener a través de ClicSalud+, la App y el teléfono de Salud Responde mediante la opción «Gestiones Administrativas».
Más información en este enlace.
Fecha de elaboración de la respuesta: 3 diciembre 2021
Se expedirá un certificado de vacunación a toda persona que haya recibido cualquier vacuna contra la COVID-19.
Los Estados miembros tienen la opción de aceptar también certificados de vacunación expedidos en relación con vacunas autorizadas a nivel nacional o por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
También corresponde a los Estados miembros decidir si aceptan un certificado de vacunación después de una dosis o después de haber completado un ciclo completo de vacunación.
Siempre y cuando se disponga de evidencia científica y mediante acto delegado previo de la CE.
El Reglamento se incorporará al Acuerdo EEE, lo que permitirá a los países de Estados del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) aplicar el sistema de la UE de certificado COVID digital de la UE. En principio, los certificados suizos se aceptarán en las mismas condiciones que el certificado COVID digital de la UE, una vez que Suiza confirme la reciprocidad y que la Comisión haya adoptado una decisión sobre la equivalencia de los certificados suizos con el certificado COVID digital de la UE. Se está negociando con Suiza a este respecto.
La Comisión Europea está trabajando para garantizar que los certificados sean compatibles con los sistemas de otros países de mundo. La propuesta está abierta a iniciativas mundiales y tiene en cuenta los esfuerzos que está realizando la OMS y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) por establecer especificaciones y orientaciones para el uso de tecnologías digitales a fin de documentar la condición de persona vacunada.
Debe alentarse a otros países a que reconozcan el certificado COVID digital de la UE una vez hayan levantado las restricciones a los viajes no esenciales.
El 20 de mayo, el Consejo adoptó una Recomendación revisada por la que se actualiza el enfoque para viajar desde fuera de la UE. La Recomendación del Consejo tiene por objeto suavizar las actuales restricciones de los viajes no esenciales a la UE teniendo en cuenta los avances de las campañas de vacunación y la evolución de la situación epidemiológica en todo el mundo.
Cuando la Comisión esté convencida de que un país tercero expide certificados de conformidad con normas y sistemas interoperables con el sistema de la UE, podrá adoptar una decisión en virtud de la cual dichos certificados de terceros países serían aceptados con arreglo a las mismas condiciones que los certificados COVID digitales de la UE.
En ambos casos, las normas para la aceptación de la prueba de vacunación serían las mismas que para los nacionales de la UE: deben aceptarse las vacunas que hayan recibido una autorización de comercialización a escala de la UE, pero los Estados miembros pueden decidir aceptar otras vacunas adicionales aprobadas por la OMS.
Las personas mayores de 16 años pueden obtener su certificado siempre que estén registradas en la Base de datos de personas usuarias del Sistema Sanitario Público de Andalucia, utilicen el sistema de identificación requerido en ClicSalud+ o la App Salud Andalucía y cumplan una de las condiciones para su emisión (haber recibido la vacuna, haberse realizado alguna prueba diagnóstica de la COVID-19 en los plazos indicados o haber pasado la enfermedad 180 días antes de obtenerlo).
En el caso de menores de 16 años, incluyendo a mutualistas, sus titulares de Seguridad Social pueden obtenerlo tras identificarse en ClicSalud+ o en la App Salud Andalucía.
Una vez identificado el titular, se muestra un listado de sus beneficiarios menores de 16 años que le da acceso a sus certificados.
En algunas situaciones puede ser difícil obtener el certificado COVID-19 de menores a través de ClicSalud+ o de la App Salud Andalucía. Por ejemplo, cuando :
- el menor no tiene registrado quién es su titular de Seguridad Social o no aparece en el listado de beneficiarios que espera el titular.
- el titular no puede acceder a ClicSalud+ (por ejemplo, por no estar registrado en la Base de datos de personas usuarias).
- el menor es su propio titular de Seguridad Social.
En estos casos es recomendable solicitar el certificado impreso en el centro de salud, o bien -si se desea tener el certificado en formato electrónico- se puede obtener Cl@ve permanente para el menor y de ese modo podrá identificarse con sus propios datos. Más información sobre cómo obtener Cl@ve para un menor.
Se recuerda que el certificado de vacunación no es válido hasta transcurridos 14 días desde la finalización del proceso completo de vacunación, considerando la pauta que corresponde a cada menor en función de sus características y de si ha pasado o no la enfermedad.
Fecha de elaboración de la respuesta: 17 diciembre 2021
En este caso, aparecerá la expresión 2/1, y precisará una dosis de recuerdo para completar la pauta.
Fecha de elaboración de la respuesta: 4 abril 2022
El Reglamento se aplicará durante 12 meses a partir del 1 de julio de 2021.
La Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del Reglamento tres meses antes de que finalice su aplicación. Junto con este informe, la Comisión podría proponer prorrogar la aplicación del Reglamento, teniendo en cuenta la evolución de la situación epidemiológica de la pandemia.
No. Como ocurre con el resto de vacunaciones en España, la vacuna frente al nuevo coronavirus no es obligatoria.
A pesar de la situación de pandemia, a día de hoy, se ha decidido de forma universal que la vacunación sea voluntaria.
En situaciones muy concretas, según lo previsto en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas especiales en materia de salud pública, las autoridades sanitarias podrían tomar decisiones como la obligatoriedad de parte o toda la sociedad si la situación epidemiológica lo justifica.
Fecha de elaboración de la respuesta: 3 diciembre 2021
Sí, los niños pueden obtenerlo.
La Agencia Europea de Medicamentos (EMA) dio luz verde al uso de la vacuna BioNTech Pfizer para personas de entre 12 y 15 años. Los niños también pueden recibir un certificado de diagnóstico o de recuperación. Este certificado también podrían recibirlo sus padres y ser almacenado en la aplicación para teléfonos inteligentes de estos. El 31 de mayo, la Comisión propuso que los menores que viajaran con sus padres quedaran exentos de cuarentena cuando los padres no necesitaran someterse a ella, por ejemplo, por haber sido vacunados. Los menores de 6 años también deberán quedar exentos de las pruebas por motivo de viajes.
Actualmente no hay problema para esta práctica. Ambas son vacunas de ARNm, de tecnología idéntica y eficacia muy similar, por lo que está admitido que se puedan intercambiar. Estas pautas mixtas se consideran igualmente eficaces y seguras.
También se pueden intercambiar para la dosis de recuerdo, en caso de estar indicada ésta.
Además, para la obtención del certificado digital de vacunación COVID-19 no hay ningún tipo de problema porque una persona haya recibido vacunas distintas, son igualmente válidas y cuentan igual para el certificado.
Fuente de la información:
Fecha de elaboración de la respuesta: 3 diciembre 2021